En virtud de las competencias que me otorgan los artículos 55.2 y 56 f) de los Estatutos de la Universidad Pompeu Fabra,

RESUELVO:

Modificar la resolución de la rectora de 10 de marzo de 2023 sobre la estructura de los vicerrectorados, la Secretaría General y otros cargos con funciones de ámbito general, en los siguientes términos:

Primero. El artículo 1 queda redactado como sigue:

“Artículo 1. Estructura general de los vicerrectorados, Secretaría General y otros cargos con funciones de ámbito general.

La estructura de los vicerrectorados, Secretaría General y otros cargos con funciones de ámbito general es la siguiente:

  • Vicerrector o vicerrectora de Personal Docente e Investigador
  • Vicerrector o vicerrectora de Planificación Académica
  • Vicerrector o vicerrectora de Estudiantes y Alumni
  • Vicerrector o vicerrectora de Investigación
  • Vicerrector o vicerrectora de Transferencia del Conocimiento
  • Vicerrector o vicerrectora de Internacionalización
  • Vicerrector o vicerrectora de Cultura y Comunicación
  • Vicerrector o vicerrectora de Compromiso Social y Sostenibilidad
  • Secretario o secretaria general
  • Comisionado o comisionada de Política Lingüística
  • Comisionado o comisionada del Grupo UPF”

Segundo. El artículo 3 queda redactado como sigue:

“Artículo 3. Vicerrectorado de Planificación Académica

El vicerrector o vicerrectora de Planificación Académica coordina y supervisa, bajo la dirección de la rectora, las siguientes materias:

  • Las enseñanzas oficiales de grado y máster universitario
  • Los títulos propios y su régimen
  • La organización docente
  • La ordenación y planificación académicas
  • El fomento de las enseñanzas oficiales de grado y máster
  • Los programas transversales
  • El proyecto educativo de la Universidad y la supervisión de los procesos de transformación educativa y calidad docente

Tercero. Se añade un nuevo artículo 4, que queda redactado como sigue:

“Artículo 4. Vicerrectorado de Estudiantes y Alumni

El vicerrector o vicerrectora de Estudiantes y Alumni coordina y supervisa, bajo la dirección de la rectora, las siguientes materias:

  • Las políticas relacionadas con el estudiantado
  • La dinamización y seguimiento de la participación de los colectivos y asociaciones de estudiantes en la vida universitaria, incluyendo las actividades de deportes
  • La interlocución con el Consejo de Estudiantes de la UPF, los representantes de estudiantes en los órganos de gobierno, los delegados y delegadas y, en general, el conjunto de representantes de estudiantes
  • La coordinación de las convocatorias de becas y ayudas destinadas a fomentar la participación de estudiantes, incluida su resolución
  • La política y proyectos de acompañamiento y participación de alumni
  • Impulso y supervisión de la iniciativa Chapters Alumni UPF”

Cuarto. El artículo 4, que pasa a ser el artículo 5, queda redactado como sigue:

“Artículo 5. Vicerrectorado de Investigación

  • El vicerrector o vicerrectora de Investigación coordina y supervisa, bajo la dirección de la rectora, las siguientes materias:
  • La estrategia y política científicas, los programas y ayudas de investigación internas y externas
  • La organización (figuras de investigación) y las infraestructuras de investigación
  • Los servicios científico-técnicos y equipamientos de investigación
  • La producción científica, su evaluación y la estrategia de Ciencia Abierta
  • La relación con los centros CERCA y otras instituciones científicas
  • El doctorado, sin perjuicio de las competencias del director o directora de la Escuela de Doctorado”

Quinto. El artículo 8, que pasa a ser el artículo 9, queda redactado como sigue:

“Artículo 9. Vicerrectorado de Compromiso Social y Sostenibilidad

El vicerrector o vicerrectora de Compromiso Social y Sostenibilidad coordina y supervisa, bajo la dirección de la rectora, las siguientes materias:

  • La cooperación para el desarrollo, las acciones solidarias y el voluntariado
  • Las políticas de inclusión e igualdad
  • La promoción de la salud
  • La estrategia de sostenibilidad medioambiental, las acciones vinculadas a los ODS y la Agenda 2030
  • El encaje de la iniciativa del Bienestar Planetario en las políticas de sostenibilidad de la UPF”

Sexto. Se suprimen los artículos 11 y 13

Séptimo. Los artículos 5, 6, 7, 9 y 10 pasan a ser los artículos 6, 7, 8, 10 y 11, respectivamente.

Disposición final

Las referencias al vicerrectorado de Planificación Académica y de Estudiantes incluidas en cualquier normativa, disposición o resolución anteriores a esta modificación, se entienden referidas de acuerdo con las funciones establecidas en la resolución 10 de marzo de 2023 sobre la estructura de los vicerrectorados, de la Secretaría General y de otros cargos con funciones de ámbito general, una vez modificada por esta resolución a partir de la fecha de su firma.

Laia de Nadal Clanchet

Rectora

Barcelona, 1 de julio de 2024