En virtud de las competencias que me otorgan los artículos 55.2 y 56 f) de los Estatutos de la Universidad Pompeu Fabra,

RESUELVO:

Modificar la Resolución de la rectora de 10 de marzo de 2023 sobre la estructura de los vicerrectorados, de la Secretaría General y de otros cargos con funciones de ámbito general, en los siguientes términos:

Primero. El artículo 1 queda redactado como sigue:

Artículo 1. Estructura general de los vicerrectorados, la Secretaría General y otros cargos con funciones de ámbito general.

La estructura de los vicerrectorados, la Secretaría General y otros cargos con funciones de ámbito general es la siguiente:

Vicerrector o vicerrectora de Personal Docente e Investigador

Vicerrector o vicerrectora de Planificación Académica

Vicerrector o vicerrectora de Estudiantes y Alumni

Vicerrector o vicerrectora de Investigación

Vicerrector o vicerrectora de Transferencia del Conocimiento

Vicerrector o vicerrectora de Internacionalización

Vicerrector o vicerrectora de Cultura y Comunicación

Vicerrector o vicerrectora de Compromiso Social y Sostenibilidad

Secretario o secretaria general

Comisionado o comisionada de Política Lingüística

Comisionado o comisionada del Grupo UPF

Comisionado o comisionada de Eutopia y programas internacionales

Segundo. El artículo 7 queda redactado como sigue:

Artículo 7. Vicerrectorado de Internacionalización

El vicerrector o vicerrectora de Internacionalización coordina y supervisa, bajo la dirección de la rectora, las siguientes materias:

La estrategia de internacionalización de la Universidad

La participación en consorcios internacionales, y muy especialmente, en EUTOPIA y los proyectos generados a su alrededor

La participación en redes internacionales, particularmente en The Guild

Los programas de intercambio y cooperación educativa y movilidad con universidades e instituciones

Tercero. El artículo 10 queda redactado como sigue:

Artículo 10. Secretaría General

El secretario o secretaria general, además de las competencias que le otorga el artículo 56 de los Estatutos de la UPF, coordina y supervisa, bajo la dirección de la rectora, las siguientes materias:

El despliegue estatutario y normativo, incluida la elaboración de los nuevos estatutos

Acompañamiento en la planificación institucional y organización administrativa de la Universidad

La política de administración electrónica y el acompañamiento en la política sobre recursos materiales, sistemas de información

La integridad institucional, la transparencia y el derecho de acceso a la información

Las relaciones ordinarias con el defensor de la Comunidad Universitaria

Las relaciones de los órganos académicos y servicios administrativos con el Consejo Social, salvo las que corresponden a la rectora. También se excluyen las relaciones referentes al personal y al presupuesto del Consejo Social, que corresponden al gerente

La coordinación de los procesos de creación y modificación de la estructura académica y de adscripción de centros”

Cuarto. Se añade un nuevo artículo 13, con el siguiente redactado:

Artículo 13. Comisionado o comisionada de Eutopia y programas internacionales

El comisionado o comisionada de Eutopia y programas internacionales coordina y supervisa, bajo la dirección de la rectora, las siguientes materias:

El seguimiento de los trabajos de los diferentes paquetes de tareas (work packages) del proyecto Eutopia More y otros proyectos y acciones Erasmus+ relacionados con Eutopia

El encaje de Eutopia More, o proyectos análogos, en el conjunto de la iniciativa Eutopia como universidad europea, en acompañamiento del vicerrector o vicerrectora de internacionalización

La dirección estratégica de los programas internacionales de la UPF, en coordinación con el vicerrector o vicerrectora de internacionalización

Disposición final única

Esta resolución entrará en vigor el 1 de octubre de 2024.

 

Laia de Nadal Clanchet

Rectora

Barcelona, 30 de septiembre de 2024